El Gobierno y los interlocutores sociales han alcanzado este 10 de marzo un acuerdo definitivo sobre lo que el Ministerio de Trabajo denomina los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto a través de plataformas digitales.
Así pues, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, las organizaciones sindicales Comisiones Obreras y UGT, junto con las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME han llegado a un acuerdo para establecer la situación laboral de los trabajadores dedicados al reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía adquirido a través de plataformas digitales.
En este sentido, se reconoce la presunción de laboralidad para los trabajadores que presten servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital, aunque, el acuerdo también permite el trabajo autónomo en este tipo de empresas.
Además de lo anterior, y para todos los ámbitos, la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.