El Boletín Oficial del Estado de este 18 de octubre recoge el calendario laboral definitivo para 2025, en el que figuran todas las fiestas nacionales y autonómicas que regirán para el próximo ejercicio.
En este sentido, el documento indica que las fiestas de ámbito nacional no sustituibles para 2025 serán el 1 de enero, día de Año Nuevo, el 18 de abril, Viernes Santo, el 1 de mayo, Día del Trabajador, el 15 de agosto, Asunción de la Virgen, el 1 de noviembre, día de Todos los Santos, el 6 de diciembre, día de la Constitución, el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción y el día de Navidad.
Así mismo, también son festivos nacionales sobre los que no se ha ejercido la facultad de sustitución el 6 de enero, día de Reyes, en todas las comunidades autónomas, el 19 de marzo, San José, en Murcia y Comunidad Valenciana, el 17 de abril, Jueves Santo, en todas las comunidades autónomas, salvo Cataluña y la Comunidad Valenciana, el 13 de octubre, lunes siguiente a la Fiesta Nacional de España, solo en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura, así como el 25 de julio, Santiago Apóstol, en Galicia, Comunidad de Madrid, Navarra y País Vasco.
A estos días no laborales hay que añadir los dos festivos autonómicos correspondientes y otras dos jornadas más no laborables en cada municipio español.