La justicia catalana excluye a la mensajería del convenio colectivo de transporte de mercancías de Barcelona

Se excluye del ámbito de aplicación del convenio colectivo a las empresas de mensajería, distribución y reparto de mercancías que no requieran autorizaciones habilitantes para el transporte de mercancías por carretera.

06/02/2025 a las 14:03 h
El fallo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.
El fallo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.

Tras el juicio celebrado el 18 de diciembre en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la Sala de lo Social ha dictado sentencia favorable a los intereses de la Asociación Española de Empresas de Mensajería, sus asociados y el sector de la mensajería en el proceso de impugnación del convenio colectivo de transporte de mercancías de la provincia de Barcelona.

Así, según explica la AEM, la demanda presentada contra la Federación Catalana de Transportes de Barcelona, Transcalit, la Organización Empresarial de Logística y Transporte, UNO, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO., y la Federación de Servicios de Movilidad y Consumo de UGT ha sido estimada por el Tribunal.

Los magistrados han declarado la nulidad parcial del artículo 2 del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona para los años 2023-2025.

Por tanto, se excluye del ámbito de aplicación del convenio colectivo a las empresas de mensajería, distribución y reparto de mercancías que no requieran autorizaciones administrativas habilitantes para el transporte de mercancías por carretera ni para operar como transportistas.

Esta sentencia no es definitiva, ya que cabe interponer recurso de casación ordinario ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, que finalizan el 13 de febrero.

El fallo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. En consecuencia, se modificará el ámbito funcional del convenio colectivo de transporte de Barcelona, dejando fuera de su aplicación a las actividades de mensajería que no necesiten estas autorizaciones.

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