El Consejo de Ministros de Empleo y Asuntos Sociales de la Unión Europea ha confirmado esta semana que ha alcanzado un acuerdo definitivo con el Parlamento Europeo para regular las condiciones laborales de los trabajadores de las plataformas digitales, tras el primer acuerdo provisional del pasado 8 de febrero.
En concreto, esta nueva normativa europea está dirigida a hacer más transparente el uso de algoritmos informáticos en la gestión de recursos humanos, asegurar que los sistemas automatizados están controlados por personal especializado y que los trabajadores tienen derecho a oponerse a decisiones tomadas a través de programas informáticos.
De igual modo, la regulación comunitaria también pretende aclarar el estatus laboral de los trabajadores de este segmento de actividad y que, de este modo, tengan los derechos que les otorga la ley.
En este sentido, las autoridades de la Unión estiman que la regulación consensuada guarda equilibrio entre el respeto a cada normativa nacional y el mantenimiento de unos estándares comunes de protección social para los 28 millones de trabajadores que desarrollan su actividad profesional en diferentes plataformas digitales, según los cálculos de las instituciones de la Unión.
De manera particular, la normativa establece que cada Estado miembro de la Unión establecerá una presunción de que los trabajadores de las plataformas son contratados siempre que se cumplan unas condiciones que apunten a control y dirección por parte de una empresa.
Así mismo, las condiciones que determinarnán si un trabajdor de una plataforma es asalariado o autónomo deberán ajustarse a cada norma nacional y a la negociación colectiva, así como a las sentencias europeas en este ámbito.
Además, la futura norma deja la responsabilidad a las plataformas digitales de probar que no existe una relación laboral llegado el caso.
Por lo que respecta al control informático de las condiciones de trabajo de estos empleados, la regulación establece que deberán ser informados de todos los datos que se controlan y que en ningún caso deberán incluir registros de índole personal.
Ahora, con este acuerdo definitivo, el texto de la futura Directiva deberá ser ratificado formalmente y traducido a todas las lenguas oficiales de la Unión.
Una vez se promulgue la Directiva, los Estados miembro de la UE tendrán, como suele ser habitual, dos años para trasponer su texto a sus ordenamientos jurídicos internos.