Los talleres europeos de vehículos industriales aceleran su actividad antes de que, a comienzos de 2025, sea obligatorio para todos los vehículos de 3,5 toneladas con tacógrafos analógicos o digitales y que realicen transporte internacional la incorporación de tacógrafos inteligentes de segunda generación.
De igual modo, como informa Continental, la necesidad de actualizar el tacógrafo llegará a los vehículos equipados con la primera versión de tacógrafo inteligente, y que realicen transporte internacional, que dispondrán hasta final de agosto de 2025 para realizar dicho cambio.
Sin emabrgo, y aunque la fecha límite para el cumplimiento se acerca, muchas flotas siguen retrasando el cambio, bien sea por excepciones nacionales y regulaciones transitorias o porque durante mucho tiempo no estuvo claro qué plazo se aplicaba a qué vehículos en qué país.
En este sentido, la Comisión Europea destacó desde un primer momento que no habría retraso en esta ley, por lo que aquellas empresas que no cumplan con la obligación de instalar el nuevo tacógrafo a tiempo tendrán que enfrentarse a multas y sanciones severas e incluso la inmovilización del vehículo.
Así pues, si a partir del 1 de enero de 2025 y durante una inspección se descubre que un vehículo afectado con un tacógrafo obsoleto está circulando en carretera, se impondrá la misma multa igual que si no llevara instalado ningún tacógrafo, recuerda Continental.
Por otro lado, desde agosto de 2023 todos los vehículos de nueva matriculación y con un peso superior a 3,5 toneladas ya están equipados con el nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación.
A partir de ese momento se establecieron diferentes fechas para que las tan heterogéneas flotas existentes pudieran adaptarse al futuro, de tal manera que a partir del 31 de diciembre de 2024 obliga a vehículos de más de 3,05 toneladas de transporte internacional que lleven instalados tacógrafos analógicos o digitales de primera generación deben ser sustituidos por un nuevo tacógrafo inteligente de segunda.
El próximo 18 de agosto de 2025 la norma se aplicará a vehículos de transporte internacional de más de 3,5 toneladas que lleven instalado un tacógrafo inteligente de primera generación deben equiparse con uno de segunda generación, como, por ejemplo, el DTCO 4.1 o la versión sucesora, mientras que el 1 de julio de 2026 cubrirá a los vehículos comerciales ligeros y las furgonetas que hacen transporte internacional, con un peso de más de 2,5 toneladas también deben estar equipados con uno de segunda generación, DTCO 4.1 o su versión sucesora. Lo que significa que por primera vez, los conductores de este tipo de vehículos tienen que registrar también los tiempos de conducción y descanso.