Acuerdo para promover el relevo generacional en las plantillas de la estiba portuaria

Se estima que esta medida contribuya al incremento del nivel de productividad que favorezca la competitividad de los puertos españoles, así como a reforzar la seguridad y profesionalidad laboral en un sector estratégico.

06/11/2024 a las 9:55 h
Acuerdo Coordinadora, UGT y Anesco

Coordinadora, UGT y Anesco han alcanzado un acuerdo para impulsar el relevo generacional en las plantillas de la estiba portuaria, con el objetivo de rejuvenecer el sector y asegurar la competitividad de los puertos.

Se logran así dos objetivos fundamentales: el relevo generacional con el rejuvenecimiento progresivo de las plantillas de estibadores y la incorporación de la mujer al sector. Se estima que esta medida contribuya al incremento del nivel de productividad que favorezca la competitividad de los puertos españoles, así como a reforzar la seguridad y profesionalidad laboral en un sector estratégico para la economía.

El acuerdo se ha adoptado al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional segunda, incorporada por el apartado seis de la Ley 2/2024, de 1 de agosto, de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil que introdujo una nueva disposición adicional trigésimo séptima en el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

A través de este documento, las partes han materializado el mandato legal por el que se habilita a la negociación colectiva en el ámbito de la estiba para establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento de una edad igual o superior a la de la jubilación ordinaria, computándose, a tales efectos, los coeficientes reductores.

La extinción del contrato por cumplimiento de la edad de jubilación con aplicación de coeficientes reductores de los trabajadores portuarios se podrá llevar a cabo siempre que tengan la edad legal admitida y siempre y cuando tengan derecho al 100% de su pensión. La extinción de estos contratos conllevará asimismo su reposición y, a la hora de cubrir dicha plaza, en iguales circunstancias, siempre se primará a la mujer.