Tráfico trabaja en la reforma del Reglamento General de Circulación

La reforma del Reglamento General de Circulación que contempla Tráfico se centra en reducir las tasas de alcohol permitidas y la eliminación de la exención del uso de cinturón de seguridad en ciudades para conductores profesionales.

19/07/2024 a las 9:05 h
Control-de camiones en carretera de-la-Guardia-Civil

La Dirección General de Tráfico ha iniciado la tramitación del vigente Reglamento General de Circulación, con una clara intención de aumentar el nivel de seguridad de los usuarios de las vías y reforzar la movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano.

Segun Fenadismer, Tráfico contempla varias modificaciones que afectan directamente a los conductores profesionales, como son la referida al límite de alcoholemia permitido y el uso del cinturón de seguridad en los ámbitos urbanos.

En primer lugar, la DGT baraja educir para los conductores profesionales en un 30% el límite máximo permitido de alcohol, pero no al resto de conductores particulares. De esta manera, la tasa de alcohol en sangre pasará de 0,30 gramos por litro permitido actualmente a 0,20 gramos por litro, o en aire espirado de los 0,15 miligramos por litro actuales a 0,10 miligramos por litro.

Tráfico justifica esta reducción en una decidida línea de avanzar en la reducción de las tasas máximas permitidas hasta converger en la prohibición del consumo de alcohol en la conducción, siguiendo los requerimientos de la Onu, pero Fenadismer echaza que tal reducción se plantee exclusivamente en los conductores profesionales, ya que ofrece "una idea equivocada como si este colectivo fuera el causante de los accidentes derivados del alcohol, cuando es todo lo contrario ya que la práctica totalidad de los accidentes provocados por exceso de alcoholemia son causados por conductores particulares, para los que la reforma no plantea ninguna reducción".

Por otra parte, la DGT también estudia la eliminación de las actuales exenciones de utilización del cinturón de seguridad en ámbitos urbanos, entre otros, para los distribuidores de mercancías, que ahora sí contempla el vigente Reglamento General de Circulación “cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros”.

Tráfico considera esta excepción “injustificada”y prevé mantenerla exclusivamente para los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia, mientras que Fenadismer defiende que la eliminación d eta exención "dificulta la realización de las tareas de reparto en los ámbitos urbanos, en los que el vehículo apenas recorre unos metros para poder hacer la entrega de la mercancía a los clientes finales, como es el caso del reparto de paquetería, la entrega de pedidos de comida a domicilio o el suministro de las bombonas de butano".

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