Tarjeta amarilla de la Comisión Europea a España por no adaptar las normas europeas sobre peajes y viñetas

La Comisión Europea advierte a España y a otros siete países por no haber adaptado la Directiva sobre peajes y viñetas a sus ordenamientos jurídicos, y les da dos meses de plazo antes de decidir si lleva el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

17/12/2024 a las 9:05 h
Tarjeta amarilla de la Comisión Europea a España por no adaptar las normas europeas sobre peajes y viñetas

La Comisión Europea ha decidido esta semana enviar un dictamen motivado a Bulgaria, Grecia, España, Italia, Luxemburgo, Malta, Polonia y Portugal por no haber transpuesto a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos en plazo la Directiva del eurodistintivo.

Esta norma establece normas comunes sobre la imposición de tasas basadas en la distancia, es decir, peajes y en el tiempo, o lo que lo mismo, viñetas, que permiten a los Estados miembros recuperar los costes de infraestructura (construcción, explotación y mantenimiento) mediante peajes y viñetas.

La modificación de esta Directiva del pasado 2022 incluye ahora a los turismos, los autobuses, los autocares y los vehículos pesados pequeños, al tiempo que exige a los Estados miembros incluir los costes medioambientales de la contaminación atmosférica en sus sistemas de tarificación para establecer tarifas en función de las emisiones de CO2 de un vehículo, con el fin de reducir las emisiones y fomentar el uso de vehículos pesados más limpios.

El plazo para transponer la Directiva al Derecho nacional de cada país expiró el 25 de marzo de 2024 y ninguno de los ocho Estado miembro ha comunicado las medidas de transposición.

Ahora, Bulgaria, Grecia, España, Italia, Luxemburgo, Malta, Polonia y Portugal disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. Si no lo hacen, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.