Tras la sentencia dictada el pasado mes de Febrero por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya se ha abierto el período judicial para que todos los afectados que adquirieron un vehículo Scania puedan exigir su correspondiente indemnización, siempre que lo hubieran adquirido entre los años 1997 y 2011, tal y como refiere Fenadismer.
Así mismo, por otro lado, la sentencia emitida por el Tribunal Supremo en junio del año pasado ha permitido a la Plataforma de Afectados por el Cartel de Camiones, que entre otras lleva las reclamaciones de los asociados de las organizaciones territoriales de Fenadismer y Fetransa, poder incrementar hasta el 16% de media anual el importe a percibir por los transportistas en concepto de indemnización, más los intereses legales que correspondan.
En julio de 2016, la Comisión Europea sancionó a varios fabricantes europeos de vehículos industriales por la fijación concertada en los precios de venta de los camiones, así como por retrasar deliberadamente la introducción en el mercado de nuevas tecnologías para reducir sus emisiones.
De este modo se abrió la vía para que las empresas afectadas recurrieran ante los Traibunales en relación con vehículos adquiridos entre 1997 y 2011.