Francia recupera los controles fronterizos este 1 de mayo

Francia suspende la aplicación de la libertad de movimiento del espacio Schengen entre el 1 de mayo y el 30 de octubre a tenor del riesgo de atentado terrorista durante los próximos Juegos Olímpicos de París.

30/04/2024 a las 9:21 h
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Francia ha comunicado a la Comisión Europea que recuperará los controles fronterizos este 1 de mayo y hasta el próximo 30 de octubre, con motivo de la próxima celebración este verano de los Juegos Olímpicos de París.

Las autoridades galas suspenden así la aplicación del libre movimiento de bienes y personas dentro del territorio Schengen, de acuerdo a las excepciones previstas en la regulación de la zona.

El Gobierno francés estima que la celebración de los Juegos incrementa el riesgo de amenaza terrorista, especialmente tras el atentado de Moscú del pasado mes de marzo y en contexto de presión migratoria en las fronteras exteriores del territorio Schengen, con un incremento de la inmigración irregular procedente de Turquía y del norte de África.

Este aumento de los controles policiales y aduaneros se efectuará de forma aleatoria.

La regulación del espacio Schengen permite a los Estados miembros la capacidad de restablecer temporalmente el control fronterizo dentro del territorio Schengen en caso de una amenaza grave para el orden público o la seguridad interior, aunque la recuperación de los controles en las fronteras interiores debe aplicarse como medida de último recurso, en situaciones excepcionales, y debe respetar el principio de proporcionalidad.

Así mismo, la noramativa prevé que la duración del restablecimiento temporal del control fronterizo en las fronteras interiores estará limitada en el tiempo, dependiendo de la base jurídica invocada por el Estado miembro que introduce dicho control fronterizo.

A su vez, el alcance y la duración del control fronterizo reintroducido deben limitarse al mínimo necesario para responder a la amenaza en cuestión, de acuerdo con el dictamen que emita la Comisión en su caso sobre la necesidad de la medida y su proporcionalidad, pero no puede vetar la decisión de un Estado miembro de restablecer el control fronterizo.