CETM Animales Vivos alerta de incidencias en la exportación de ganado a través del puerto de Algeciras

La Confederación pide a los exportadores y transportistas que realicen las planificaciones de viaje de forma realista, pues se ha detectado un gran número de incidencias.

25/04/2024 a las 14:08 h
Transporte animales por carretera denuncia

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha trasladado a CETM Animales Vivos su preocupación por la situación que se está dando en el puerto de Algeciras ante la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/372, de obligado cumplimiento en España desde abril, que indica que no se podrán transportar animales con más de ocho horas de viaje con destino a los puntos de salida de la UE, a no ser que estén equipados con un puesto de control autorizado, situado a menos de dos horas.

El principal motivo es que se ha detectado un gran número de incidencias referentes a las planificaciones, totalmente dispares a las horas reales de viaje. Ante esto, CETM Animales Vivos pide a los exportadores y transportistas que realicen las planificaciones de forma realista.

La Administración ha avisado a la organización de la realización de un seguimiento exhaustivo de todas las planificaciones, contrastando los tiempos de viaje de los animales con los datos de tacógrafo de los conductores. Los infractores serán sancionados con cuantías entre los 600 y los 3.000 euros.

Para asegurar que se cumple este Reglamento, todos los operadores deberán tener en cuenta el tiempo de la carga (30-45 min), el tiempo del descanso del conductor (45 min cada 4,5 horas de conducción) y la velocidad media del viaje, que será de 75 km/hora en el caso de que el trayecto discurra en un 70% por vía de alta velocidad o de 70 km/hora por carretera convencional.

La Confederación ha realizado un cálculo aproximado de las distancias máximas que se puede recorrer en ocho horas de viaje, con el objetivo de facilitar la tarea a todos los operadores, tal y como se puede observar en la siguiente imagen:

Por último, ha hecho un llamamiento a todos sus asociados aconsejándoles que, antes de realizar cualquier viaje, verifiquen que pueden realizar este recorrido sin exceder las ocho horas marcadas en el Reglamento. Además, el incumplimiento de forma reiterada de un mismo hecho en menos de dos años implica que la Administración puede incrementar la cuantía de la sanción por reiteración.