La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado un recurso interpuesto por Astic contra una sentencia que daba la razón a Renfe por el cambio de sus tarifas de mercancías del año 2022.
El operador público ya había obtenido una sentencia favorable en primera instancia, que ahorase ve corroborada y que da íntegramente la razón a Renfe Mercancías.
De igual manera, la decisión judicial también reconoce el principio de libertad en el establecimiento de las condiciones tarifarias en la prestación de servicios de la red intermodal multicliente en un mercado liberalizado, siempre que sean transparentes y no discriminatorias.
Según el órgano judicial madrileño, Renfe Mercancías no ha incurrido en ninguna conducta constitutiva de abuso de posición dominante, ni en ninguna práctica de competencia desleal en el mercado del transporte intermodal de mercancías.
El operador llevó a cabo esta modificación de las condiciones tarifarias para hacer frente a las pérdidas de explotación, ya que las tarifas no habían sido actualizadas en más de diez años y estaban obsoletas por los cambios en las condiciones de explotación y el incremento de costes que se habían registrado durante ese período.
A juicio de Astic, el cambio de condiciones en 2022 iban a reducir la actividad del transporte intermodalde mercancías en España en 500.00 toneladas.