Tal y como anunció en su momento, a primeros de año, la Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia, Froet, ya es oficial el acuerdo para adaptar las dietas de los conductores a los nuevos requisitos exigidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como para actualizar a 2018 las cuantías a pagar por el plus de kilometraje.
Esta modificación, que adapta las dietas de los conductores a los nuevos requisitos exigidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, implica la sustitución del artículo 47 del convenio colectivo de transporte de mercancías por carretera de la provincia de Murcia por uno nuevo que recoge una nueva definición de dieta, que determina que tendrá derecho a percibir dieta, el personal que por causa del servicio se vea obligado a almorzar, cenar o pernoctar y desayunar fuera de la localidad de su domicilio y de la de prestación habitual de su servicio
De igual modo, el cambio exonera a las empresas de la obligación de pagar la parte correspondiente a la pernoctaciónpara conductores mecánicos y conductores, cuando el vehículo puesto a su disposición para realizar el servicio, cuente con cabina provista de cama o litera y demás elementos que le permitan el desarrollo de su intimidad personal.
Igualmente, regula que tendrán derecho a la percepción de dietas los trabajadores que por razón de su trabajo se encuentren desplazados en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya su residencia, entre las seis y las ocho horas para el desayuno, entre las 14 y 16 horas para la comida y entre las 21 y las 23 horas para la cena, de acuerdo con unas cuantías que también se fijan ahora de nuevas.
Por otra parte, para los pluses de kilometraje, el nuevo acuerdo diferencia, a efectos de fijar las cantidades entre transportes de largo recorrido, de corto recorrido, que incluyen transporte de materiales de construcción y obras públicas, así como transporte portuario en un radio de 25 kilómetros, y, por último, servicios de distribución.