El Consejo Rector de Puertos del Estado ha aprobado los Referenciales de Calidad de Servicio y otros documentos asociados al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Estos referenciales de calidad aprobados hacen referencia a la manipulación tanto de los tráficos de mercancías (graneles sólidos y líquidos, mercancías general, ro-ro, contenedores, vehículos, y pasajeros), y al resto de los servicios portuarios de practicaje, remolque, amarre, recepción de desechos. Igualmente, se ha creado un referencial específico para compañías navieras.
El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante se apoya, para incidir en la mejora y eficiencia del servicio global prestado al comercio y al transporte, en la certificación de servicios, utilizándola como instrumento para repartir bonificaciones en tasas portuarias ligadas a una mejora de la calidad en la prestación de servicios en los puertos de interés general.
En el artículo 245.2, se establece una bonificación del 15% en la tasa de actividad para los prestadores de servicios portuarios, o los titulares de una concesión o autorización de terminal marítima de mercancías, o de estaciones marítimas, que dispongan de una certificación de servicios obtenida sobre la base de los Referenciales de Calidad de Servicio que apruebe Puertos del Estado, o de los Referenciales Específicos que, en desarrollo de aquellos, apruebe la Autoridad Portuaria correspondiente.
Además, se dispondrá de una bonificación del 5% en la tasa del buque para las compañías navieras o armadores que tengan en vigor un certificado de servicios que comprendan todas las operaciones de buque en puerto.
Servicios de calidad
Estas certificaciones establecen, con la participación de todas las partes interesadas, unas características de calidad de servicio, que se recogen en los Referenciales de Calidad de Servicio, y que se pone a disposición de las organizaciones del sector para que puedan demostrar, a través de una comprobación, que sus servicios cumplen esas características de calidad y disfrutar de una marca distintiva de evidente efecto comercial.
Las marcas contribuyen a la mejora de los servicios al facilitar la elección entre proveedores, al diferenciar unos servicios de otros, una vez que los clientes finales conocen el significado de la marca, y al provocar una presión competitiva entre las empresas para tratar de imitar a las mejores.
El Referencial de Servicio debe establecer las características del servicio, y los aspectos que deben comprobarse a efectos de poder asegurar el cumplimiento de las características. Además, es preciso que las características de servicio reflejen los requisitos de todas las partes interesadas, que se hayan establecido de forma consensuada y equilibrada.
Asimismo, es necesario que la marca se conceda tras un proceso de evaluación transparente, basado en la intervención de evaluadores independientes y con la adecuada competencia técnica. Como mejor garantía, la acreditación de entidades de certificación que desarrollará actividades de evaluación de la conformidad será realizada por la Entidad Nacional de Acreditación.