Código Internacional de Seguridad para los buques que utilicen gases y otros combustibles de bajo punto de inflamaciónque se puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 143 páginas y 1,9 Mb).
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha publicado en el BOE del martes 2 de mayo de 2017 el Código Internacional de Seguridad para los buques que utilicen gases y otros combustibles de bajo punto de inflamación, adoptando en Londres el 11 de junio de 2015 mediante la Resolución MSC.391 (95).
Este documento reconoce la necesidad de unas directrices obligatorias para los buques que consumen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación, teniendo en cuenta la resolución MSC.392(95), que adopta enmiendas a los capítulos II-1 y II-2 y al apéndice del Anexo del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar.
La regulación, que había sido adoptada por el Comité de Seguridad Marítima de la OMI en su reunión de junio de 2015, establece un marco legislativo uniforme sobre la seguridad de los buques, la dotación, los pasajeros y la carga, entre otros.
Este Código entró en vigor el pasado 1 de enero y es obligatorio para todos los buques de más de 500 GT construidos o transformados a partir de esta fecha propulsados por Gas Natural Licuado.