Prorrogados los límites de facturación para acogerse a módulos

El Gobierno ha decidido mantener los límites de los módulos, pese a que estaba previsto reducirlos.

08/01/2019 a las 21:11 h

Los transportistas que quieran acogerse a módulos no debeberán sobrepasar los cuatro vehículos.

En el último Consejo de Ministros de 2018 se aprobó el Real Decreto-ley ha prorrogado para este 2019 los límites de facturación delimitada en la tributación por módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La legislación vigente hasta ahora contemplaba que este año se redujeran los umbrales a partir de los cuales un autónomo no puede tributar por el método de estimación objetiva, pero la nueva norma, también publicada oficialmente en el Boletín Oficial del Estado y en vigor, por lo tanto, no modifica los límites de exclusión.

Así, los trabajadores por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales sobrepase los 125.000 euros.

En el caso concreto del transporte, además, el transportista autónomo que quiera acogerse a módulos no podrá tener más de cuatro vehículos a lo largo del presente ejercicio.

Además, los autónomos que adquieran bienes y servicios hasta 250.000 euros podrán mantenerse en el sistema de módulos, pese a que estaba previsto que este límite se redujera a 150.000 euros para este año.

A semejanza de la anterior medida, también se prorroganpara el período impositivo 2019 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

De igual modo, el decreto también contempla la prórroga del Impuesto sobre el Patrimoniopara el ejercicio 2019.

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