El acuerdo suscrito hoy establece que la promoción y gestión de las terminales se realizará, preferentemente, a través de esquemas de participación público-privada.
La Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana será la responsable de la realización de los estudios relativos al encaje territorial y urbanístico de las terminales, así como aquellos referidos al mercado logístico.
A partir de estos trabajos, el Ministerio de Fomento elaborará un estudio de viabilidad económica de las mencionadas terminales, proponiendo, en su caso, las fórmulas más adecuadas para la promoción y gestión de las mismas, así como para el diseño funcional más eficiente en su aspecto ferroviario y logístico.
Comisión de seguimiento
El protocolo contempla asimismo la creación de una Comisión de Seguimiento formada por tres representantes del Ministerio de Fomento y tres representantes de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.
Esta Comisión se encargará de acordar los términos de las cláusulas técnicas de los pliegos necesarios para la licitación de los correspondientes estudios que sean promovidos por ambas partes; llevará a cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el protocolo; y revisará, en su caso, los plazos necesarios para la realización de los estudios y velar por su cumplimiento.
Entre sus tareas también está la de informar sobre el contenido de los estudios y proponer, en función del resultado de los mismos, la suscripción de los convenios que sean precisos para continuar el desarrollo de las actuaciones relativas a las terminales.
A dicha Comisión se podrán incorporar en calidad de observadores, con voz pero sin voto, y por acuerdo de las partes, representantes de los ayuntamientos en cuyos municipios se ubican las terminales y de las respectivas autoridades portuarias en los temas relativos a las mismas, así como técnicos cuya presencia se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas.
El protocolo suscrito hoy tendrá una vigencia de un año prorrogable de forma tácita por otro desde la fecha de su firma.