El Consejo de Transporte, Telecomunicaciones y Energía de la Unión Europea, en su reunión de 8 de octubre, ha establecido una orientación general sobre las nuevas reglas para el acceso al mercado de los servicios portuarios en la UE y la transparencia financiera de los puertos.
Durante la reunión, se han establecido las premisas básicas para una nueva normativa reguladora para el conjunto de los puertos europeos, que desde la Unión Europea vienen estudiando durante los últimos meses.
Las principales medidas acordadas este miércoles se refieren a los puertos y servicios que estarán cubiertos por el nuevo Reglamento. Los ministros coincidieron en que la regulación se aplicaría a todos los puertos que figuran en la red transeuropea de transporte, que incluye la red global y la red central.
Sin embargo, los Estados miembros pueden decidir dejar fuera de la red global algunos de sus puertos, si estos se encuentran en las regiones ultraperiféricas, como es el que caso de los puertos de las Islas Canarias en España.
Los Estados también pueden decidir no aplicar las normas sobre la separación de cuentas para los pequeños puertos en la red global, sujeto a ciertas condiciones. Por otra parte, los Estados miembros también tendrán la libertad de decidir si se debe aplicar la regulación a otros puertos.
Los servicios no accederán al mercado
Cuando se trata de las diferentes categorías de servicio, manejo de carga y servicios de pasajeros estarán sujetos a las normas de transparencia financiera, pero exentos de las disposiciones de acceso al mercado, como había propuesto inicialmente por la Comisión.
Los Estados miembros tendrán libertad para decidir sobre las normas de acceso al mercado para estos servicios, de acuerdo con el Tribunal de Justicia de jurisprudencia.
Estados miembros podrán decidir no aplicar las reglas de acceso al mercado para el practicaje de entrada y salida de los puertos, pero las otras partes de la propuesta, incluidas las disposiciones en materia de transparencia financiera, serán aplicables.
Las actividades de dragado sólo serán cubiertas por las normas que exigen cuentas separadas de las actividades financiadas con fondos públicos. Se aplicarán estas normas cuando el organismo de gestión del puerto que recibe financiación pública ofrezca dragado en la zona portuaria bajo su jurisdicción.
Otros cambios sobre la primera propuesta
Varias disposiciones, planteadas en un principio por la Comisión Europea, se han hecho ahora más flexibles, con el fin de evitar una carga administrativa desproporcionada para los pequeños puertos y para tener en cuenta la diversidad del sector portuario en Europa, así como las circunstancias particulares de los Estados miembros.
Ahora, la posibilidad de limitar el número de proveedores de servicios se ha ampliado, por ejemplo, para incluir los casos en que el nivel de tráfico no hacen económicamente viable que operen varios proveedores de servicios.
Otras consideraciones sobre seguridad, protección y sostenibilidad del medio ambiente han sido incluidas para justificar la limitación del número de proveedores y para la imposición de obligaciones de servicio público.
Estas disposiciones transitorias se han adaptado a fin de no interferir con los contratos establecidos antes de la adopción del Reglamento.
Principales principios en el borrador
El principio de libre prestación de servicios se aplicarán a los servicios portuarios bajo ciertas condiciones. Los Estados miembros y los órganos de gestión del puerto podrán imponer requisitos mínimos para la prestación de los servicios portuarios, así como limitar el número de proveedores de servicios en caso de necesidad.
Cuando un organismo de gestión portuaria reciba financiación pública, se tendrá que llevar una contabilidad separada para mostrar cómo se han utilizado esos fondos. Las nuevas normas también harán cargos de servicio del puerto y los costes de infraestructura de puertos más transparente.
¿Por qué un nuevo reglamento?
El objetivo de la nueva normativa es el de promover una competencia más justa y reducir las incertidumbres legales, promoviendo servicios portuarios eficientes para alentar así la inversión en los puertos.
Del mismo modo, esto puede reducir los costes para los usuarios del transporte, y puede ayudar a crear nuevos enlaces marítimos de corta distancia y mejorar la integración del transporte marítimo con otros modos de transporte.
Se espera que la transparencia en las relaciones financieras entre el Estado, los puertos y operadores de servicios portuarios pueda contribuir tanto a una mejor asignación de los fondos públicos, como a una aplicación eficaz y justa de las normas de competencia de la UE en los puertos.