La pandemia ha alterado muchos de los trámites administrativos de las empresas de transporte.
En particular, la situación afectó, entre otros, al visado de las autorizaciones de transporte que, por ser año par, correspondía realizar tradicionalmente a los autónomos y empresas de transporte de mercancías por carretera conforme al calendario fijado en su día por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Así mismo, en este marco, el Gobierno aprobó el pasado mes de junio un Decreto-Ley para ampliar el plazo para el trámite de realización del visado de las autorizaciones de transporteun año más, alargando, por tanto, la fecha límite para que los titulares de autorizaciones puedan visar durante todo este año 2021.
Como consecuencia, los autónomos, empresas de transporte público de mercancías y operadores de transporte que no hubieran visado en 2020, deberán realizar el visado en el mes que corresponda de este año en curso, en función del último número de identificación fiscal del titular de la autorización de transporte a visar.
De igual modo, como recuerda Fenadismer, al readaptarse el calendario anual para realizar el visado, a partir de ahora los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías y operadores de transporte visarán en los años impares y las de viajeros y transporte privado de mercancías en los años pares, por lo que en consecuencia las empresas que hubieran visado en 2020 no volverán a hacerlo hasta 2023.