El acuerdo para el tratado de libre comercio con Japón, aprobado en diciembre de 2018 por la Unión Europea, ha sido objeto de debate en una conferencia del Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Barcelona, Coacab.
Allí se ha expuesto que su propósito pasa por facilitar el comercio entre la Unión Europea y Japón para liberalizarlo gradualmente, dado que está previsto un desarme arancelario. Así, de forma progresiva irán desapareciendo todos los aranceles sobre los productos industriales, aunque habrá ciertas excepciones.
También se eliminarán algunas medidas arancelarias para determinados productos y para los vehículos de motor y sus componentes, además de regular las operaciones de e-commerce.
Por lo que respecta a las normas de origen, se especifica cuáles son los criterios para determinar dónde se han producido o dónde se han transformado los productos. Esto puede acabar afectando a la aplicación o no del arancel, motivo por el que hay que saber con certeza dónde se ha fabricado y si se ha transformado o no en otro lugar.
El acuerdo alcanzado establece que el exportador podrá almacenar la mercancía en un tercer país, fraccionarla o insertar marcas y etiquetas, entre otros. En cuanto a la prueba de origen, el importador deberá ser conocedor del lugar del que el producto es originario.
Por otra parte, se prevé la posibilidad de suspender una preferencia arancelaria cuando se haya constatado que se han cometido incumplimientos sistemáticos de la legislación.