Las incertidumbres ante la llegada de los 'megatrucks'

Según Asfares, hay que esperar a conocer todos los requisitos y estudiar con cuidado la configuración y los vehículos que la forman.

07/01/2016 a las 0:14 h
Megatruck en Suecia

En el Consejo de Ministros del pasado 20 de noviembre, se procedió a la aprobación del Plan de Movilidad Segura y Sostenible, una de cuyas medidas incluidas es el uso de conjuntos de vehículos en configuración euro-modular de hasta 25,25 metros de longitud y 60 toneladas de masa máxima, que ya circulan en países europeos.

El alcance de esta medida y los detalles de su desarrollo se recogerá en una modificación del Reglamento General de Vehículos, que se encuentra en tramitación y próxima a publicarse.

A falta de conocer los detalles del desarrollo de la medida, desde la Asociación de Fabricantes de Remolques y Semirremolques (ASFARES), su secretario general Julio Viartola, trata de aclarar algunas de las dudas que surgen sobre la implantación de los 'megatrucks' en las carreteras españolas.

Muchas combinaciones posibles

El sistema euromodular (o 25,25) no es un tipo de vehículo, sino una gama de configuraciones muy distintas, resultado de combinar tractora, remolque, dolly y/o uno o más semirremolques.

Hay muchas posibles combinaciones válidas, que en España pueden llegar hasta 25,25m de longitud o hasta 60t de MMA y que deberán que tener más de 6 ejes.

Hay varios requisitos técnicos que van a condicionar las diversas combinaciones y los límites máximos que se pueden alcanzar con cada una de ellas y que básicamente se pueden agrupar en dos categorías: requisitos de tracción y de maniobrabilidad.

Requisito de tracción

La Directiva 96/53/CE, anexo I, punto 4.1., establece que la masa en el eje o ejes motores tiene que ser superior al 25% de la masa del conjunto. Para transporte nacional se marca el mismo requisito en el Reglamento General de Vehículos (RGV), RD 2822/1998, anexo IX, punto 2.1.7.

En la práctica, una configuración euromodular con sólo un eje motor podría llevar hasta 46 toneladas, considerando que el 25% de esa cantidad es 11,5t, que es el límite máximo para un eje motor según el RGV.

Para alcanzar las 60 toneladas y cumplir el requisito de tracción serían necesarios dos factores. En primer lugar, disponer en la tractora o en el rígido de dos ejes motores. El segundo es llevar sobre dichos ejes motores al menos 15 toneladas, que corresponde al 25% de la MMA del conjunto.

Esto puede suponer una dificultad añadida en configuraciones tractora + semirremolque + remolque (TSR), ya que un reparto de cargas uniforme en un semirremolque estándar no llevaría 15t a los ejes motores sin sobrecargar el tridem. Para ello sería necesario aumentar la batalla y por maniobrabilidad instalar un tercer eje autodireccional.

Otra opción sería cargar más la parte delantera del semirremolque, siempre que el tipo de carga lo permita, y comprobar que superamos las 15 toneladas en los ejes motores.

Requisito de maniobrabilidad

El Reglamento UE 1230/2012, anexo 1, parte D, punto 3.1., establece que los conjuntos de vehículos tienen que ser capaces de maniobrar 360º en una rotonda circular de 5,30 m de radio interior y 12,5 m exterior sin que ningún punto sobresalga de la corona. El RGV, RD 2822/1998, anexo IX, punto 3.2.2. establece el mismo criterio para transporte nacional.

En el caso de los megatrucks podría ser necesario hacer una prueba para comprobar el barrido que tiene en el giro.

Tal y como esta hoy escrito, esta corona resulta insuficiente para la maniobrabilidad de la mayoría de configuraciones euromodulares con vehículos estándar. Para poder inscribirse entre los dos radios sería necesario incorporar ejes autodireccionales y direccionales forzados, dependiendo de la configuración elegida.

A diferencia de los conjuntos de vehículos actuales de un único acoplamiento, en los que se puede demostrar el cumplimiento de este requisito gráficamente o con una fórmula, en el caso del 25,25 es más complicado y podría ser necesario hacer una prueba para comprobar el barrido que tiene en el giro.

En otros países se ha modificado el requisito de maniobrabilidad para estos vehículos, disminuyendo los grados del giro (120º(DE)), o con un radio interior más pequeño (2m(SWE)) o un diámetro exterior más amplio (14,5m(NL), 14m (DE)).

En Alemania hay una tabla de ángulos/radio interior/exterior en función de la longitud de la combinación.

No se sabe aún si las autorizaciones de los distintos órganos competentes en tráfico van a requerir comprobación de la maniobrabilidad o los límites de radios mínimos y máximos que van a admitir.

Otros requisitos técnicos

Para alcanzar la masa máxima de 60 tn, hay que tener en cuenta otros requisitos que pueden complicar aún más el proceso. Se trata de las homologaciones de los acoplamientos y enganches de vehículos ya en servicio, la matriculación de los dollys o la capacidad de arrastre de los vehículos a motor o sus fichas técnicas. El procedimiento de comprobación está aún por determinar.

Las configuraciones más habituales son :

Tractora + semirremolque + remolque (TSR) y

Rígido + dolly + semirremolque (RDS)

aunque también son utilizadas otras como:

Tractora + semirremolque (link-trailer) + semiremolque (TSS)

Tractora + semirremolque + dolly + semirremolque (TSDS)

Rígido + remolque + remolque (RRR) o

Rígido de 4 ejes + remolque de 3 (RR).

En muchas de estas configuraciones la longitud o la posición de los ejes hacen que sean vehículos dedicados al 25,25m y que no sean vehículos estándar como los que tenemos ya en servicio.

Conclusiones

Hay que esperar a la publicación de la orden que va a modificar el anexo IX del RGV, RD 2822/1998.

Aunque los borradores de la orden permiten que los organismos competentes en materia de tráfico puedan autorizar la circulación de estos vehículos, hay que esperar a que éstos definan sus requisitos y restricciones particulares.

Muchos vehículos ya en servicio se pueden utilizar pero va a ser difícil alcanzar las dimensiones o masas máximas sin modificarlos o invertir en vehículos nuevos.

Por ello, es necesario estudiar en profundidad las necesidades de transporte en cada caso y los trayectos antes de decidirse por una u otra configuración.

Existen aún temas técnicos y legales por definir para los procedimientos de homologación, matriculación, documentación y comprobación de requisitos mínimos.

Los requisitos de tracción y de maniobrabilidad son los condicionantes más exigentes, hay que esperar a la confirmación o modificación de estos límites.

Como resumen, hay que esperar, no adelantarse sin conocer todos los requisitos y estudiar con cuidado la configuración y los vehículos que la forman.

Julio Viartola

Secretario general ASFARES