Culminado el proceso de traspaso de competencias en transporte por carretera al País Vasco, la publicación en el BOE de los convenios entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Gobierno vasco y las Diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya hace oficial que la gestión ya está en manos de cada una de las tres provincias vascas.
Concretamente, en materia de transporte de mercancías por carretera, los convenios implican que las Diputaciones se encargan del otorgamiento o denegación de las autorizaciones de transporte privado complementario, su transmisión, visado, baja y rehabilitación.
Así mismo, estos órganos provinciales también gestionan la ordenación de las actividades auxiliares y complementarias del transporte domiciliadas o que se domicilien en el País Vasco, lo que, a su vez, también implica el otorgamiento o denegación de las autorizaciones, su transmisión, visado, baja y cuantas actuaciones se establezcan para la correcta ordenación de dichas actividades.
Por otra parte, cada una de las Diputaciones también ha asumido la competencia sobre adquisición, acreditación y control de la competencia profesionalexigida para el ejercicio profesional del transporte, lo que incluye la convocatoria y realización de las pruebas de acreditación y expedición del título administrativo de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte por carretera.
De igual manera, las provincias vascas quedan al cargo de la inspección de todos los servicios y actividades del transporte por carretera en los centros de trabajo que las empresas tengan en sus respectivos territorios y en los vehículos que circulen por ellos, lo que incluye la potestad sancionadora respecto de las infracciones que se detecten en el ejercicio de actuaciones inspectoras, así como incoación, instrucción y resolución de los correspondientes procedimientos y recursos.
El convenio también faculta al Gobierno vasco y a las Diputaciones a elaborar conjuntamente un plan anual de inspección.
Finalmente, los órganos forales vascos organizarán los sistemas arbitrales para la resolución de las controversias de carácter mercantil que se susciten en materia de transporte y, de igual modo, queda a su cargo el establecimiento de las Juntas Arbitrales de Transporte.