La Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera, dependiente de la Comisión Europea, ha hecho una importante aclaración en relación con los pagos de deudas aduaneras mientras prosiga la actual crisis sanitaria.
En este sentido, de cara a la próxima actualización que está prevista realizarse de las guías sobre cuestiones aduaneras relacionadas con la emergencia ocasionada por la covid-19, está previsto introducir algunas medidas relacionadas con ciertas facilidades de pago que se están concediendo, según informa el Consejo General de Agentes de Aduanas.
Así pues, si alguna empresa se encuentra en una situación económica difícil y no puedan aportar una garantía para solicitar un aplazamiento de pago, siempre y cuando se solicite expresamente y se aporten pruebas que puedan demostrar dicha situación, la Aduana puede conceder facilidades de pago de deuda aduanera.
Esta situación puede darse incluso si la deuda ya ha sido objeto de aplazamiento a 30 días, de conformidad a lo previsto en el Código Aduanero de la Unión, sin garantía ni cobro de intereses y sin que la aportada en el momento del despacho quede bloqueada por dicho aplazamiento o facilidad de pago adicional que pueda concederse al operador.
En todo caso, como refiere la Comisión, "el operador económico únicamente podrá beneficiarse de estas otras facilidades de pago en la medida en la que pueda probar que se encuentra ante dificultades económicas o sociales, y tras una evaluación documental por parte de las autoridades aduaneras".