La Audiencia Nacional ha emitido recientemente una sentencia que advierte sobre prácticas inapropiadas en relación con los historiales laborales de marineros, estibadores y pescadores y la posibilidad de utilizarlos para que familiares tengan un acceso preferente a estos puestos de trabajo
Según la mencionada sentencia, de manera "frecuente", los hijos de estos trabajadores intentan obtener los historiales laborales de sus padres con el propósito de establecer una "relación de familiaridad" que les permita acceder más fácilmente a oportunidades de empleo en el sector de la estiba portuaria.
La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que recoge el periódico El Español, recalca que estas acciones se consideran un "fraude de ley"y violan el principio de igualdad establecido en la Constitución española.
La Justicia respalda de este modo al Instituto Social de la Marina, responsable de gestionar prestaciones para trabajadores del mar, en su negativa a proporcionar el historial laboral de un marinero fallecido a su hija, revocando así la decisión previa de la Agencia Española de Protección de Datos.
La hija que solicitaba el historial laboral alegaba que lo necesitaba para fines relacionados con el empleo, pero la sentencia argumenta que esta solicitud carece de un interés personal y legítimo, ya que ni el Centro Portuario de Empleo de Valencia ni la Autoridad Portuaria de Valencia requieren informes de vida laboral en sus procedimientos. Además, la solicitud no estaba relacionada con asuntos de herencia o litigios similares que pudieran justificar el acceso al historial laboral.