La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, relativa a los requisitos mínimos para la cualificación del personal instructor y evaluador adscrito a programas de instrucción en mercancías peligrosas por vía aérea.
En concreto, para impulsar un sistema de transporte aéreo seguro y eficiente, se ha establecido como requisitos el de contar con competencia pedagógica con certificado de haber recibido formación en competencias pedagógicas o acreditando la superación de asistencia a un curso como observador, o la reparación e impartición de un curso siendo supervisado por otro instructor.
De igual modo, también se deberá contar como conocimientos en mercancías peligrosas en vigor, en la función que vayan a impartir o evaluar, trashaber recibido instrucción en mercancías peligrosas en los últimos 24 meses en la función acerca de la cual va a proporcionar instrucción antes de proceder a impartir la misma.
Así mismo, se deberá acreditar experiencia profesionalde seis meses en la función que vayan a impartir/evaluar obtenida durante los últimos cinco años, aunque en los casos en que se cambie de función a instruir, aquellos instructores que han acreditado experiencia en el mismo entorno operacional podrán instruir una vez que sea evaluado para determinar su competencia con respecto a las nuevas funciones. Si no puede demostrarse competencia, debe impartírsele la instrucción adicional adecuada.
Por último, en lo que respecta al mantenimiento de competencias de los instructores y valuadores, se establece que han de dictar dichos cursos, como mínimo, cada 24 meses o, si ese no es el caso, asistir a sesiones de instrucción de repaso.
Además, por otra parte, se ha establecido un régimen transitorio para aquellos instructores y evaluadores con atribuciones para ejercer como tales en los 24 meses anteriores a la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de instrucción y evaluación basada en competencias, de tal modo que podrán instruir y evaluar en la función para la que estén cualificados y con vigencia hasta 24 meses desde su última instrucción y evaluación.
En este mismo sentido, para proporcionar instrucción en funciones diferentes para las que estén capacitados, tendrán que probar o ser evaluados para demostrar su competencia en la función acerca de la cual vayan a proporcionar instrucción antes de proceder a impartirla.