Fenadismer ha analizado la evolución de las formas y plazos de pago en el sector del transportepor carretera en febrero de 2022 a través del Observatorio permanente de la morosidad, que puso en marcha en julio de 2012.
La encuesta se realiza a partir de una muestra de 800 empresas transportistas titulares de vehículos pesados de servicio público de ámbito nacional, para verificar el grado de cumplimiento de la legislación vigente en materia de morosidad, que establece un plazo máximo de pago de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un máximo de 60 si lo acuerdan las partes por escrito.
Los resultados del tercer mes de 2022 apuntan a que los medios de pago preferidos por los clientes de los transportistas son la transferencia, con un 65%, seguido por el confirming, con un 28%, el pagaré, con un 6%, y el cheque, con menos de un 1%.
En lo relativo a los plazos de pago, han incumplido la Ley de Morosidad un 62% de los pagos realizados por los clientes a los transportistas. Además, de ellos un 38% se realizaron a más de 90 días e incluso un 21% a más de 120 días, es decir, a seis meses. Por su parte, la media en los plazos de pago se ha reducido hasta los 77 días de media.
Desde que en octubre de 2021 se aprobara un nuevo régimen sancionador para acabar con esta situación, sancionando los incumplimientos en materia de plazos de pago con multas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 en las situaciones reincidentes más abusivas, se ha notado una evolución positiva de los plazos máximos de pago, pero lamentablemente aún existe un porcentaje importante de incumplimientos.
En este sentido, el Servicio de Inspección del Ministerio de Transporte ha confirmado que en sus actuaciones de oficio a empresas incluirán un control especial de los plazos de pago, ya sea tanto de empresas cargadoras como de operadores intermediarios, lo que permitirá erradicar las posibles situaciones de abuso e incumplimiento grave.
Para ello, en todos los requerimientos de inspección, se obliga a todas las empresas a tener que que aportar el justificante del cobro/pago de las facturas relacionadas con los servicios realizados o contratados en el periodo requerido, instruyendo el correspondiente expediente sancionador si se detectara que los plazos superan los máximos establecidos.