El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ley de Navegación Marítima en su reunión de hoy, 1 de marzo.
Este cambio legislativo tiene el objetivo, según el propio Ejecutivo, de actualizar las normas que rigen el transporte marítimoespañol de acuerdo con la regulación internacional y europea y adaptarlas a las nuevas necesidades del sector, así como de mejorar la competitividad del sector marítimo y portuario español y cubrirá ciertas lagunas de regulación detectadas.
En concreto, se crea el nuevo Registro Especial de Buques y Embarcaciones de Recreo, desaparece el régimen de importación y exportación de buques, considerado obsoleto y se prevé un régimen simplificado de inscripción en el Registro de Buques y Empresas Navieras para embarcaciones de recreo y para motos náuticas.
Por otro lado, se modifican las competencias del Gobierno y de la Administración marítima para fijar las herramientas necesarias para hacer frente a circunstancias excepcionales e incorpora nuevas garantías para evitar potenciales problemas a las empresas navieras españolas ante estas situaciones.
Cambios en la Ley de Puertos
Por lo que respecta a la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se quiere mejorar la tramitación de diferentes expedientes de las Autoridades Portuarias, como son los de proyectos de obras, revisión de acuerdos, contratos y cumplimiento de trámites medioambientales, establecimiento de servidumbres en el entorno de las instalaciones de iluminación de costas y señalización marítima, entre otros.
Además, se incorpora como servicio portuario el servicio de suministro de combustible y, finalmente, se aclaran determinadas cuestiones que afectan a las tasas de ocupación, de actividad o de ayudas a la navegación de las embarcaciones deportivas o de recreo.
Cambios en la Ley de Navegación Marítima
Así mismo, en la Ley de Navegación Marítima se añade el término “habilitación” en la regulación del despacho de buquespara abrir las posibilidades del despacho no solo a la fórmula de la autorización, sino también a las declaraciones responsables, con el objetivo de agilizar la realización de este trámite.
Por otro lado, se regula también el nuevo Certificado de Registro, que sustituye a los actuales Certificados de Matrícula y la Patente de Navegación, al tiempo que se añade un nuevo capítulo sobre certificación pública de los expedientes en materia de abandono de embarcaciones de recreo.