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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza la normativa relativa a la seguridad de buques de pasaje que realicen viajes nacionales en un Estado Miembro, con independencia del pabellón que enarbolen.
El objetivo es incorporar al ordenamiento jurídico español las modificaciones realizadas en la normativa europea, que recoge criterios de seguridad uniformes para todos los países comunitarios en relación al transporte marítimo.
El nuevo entorno normativo optimizará los mecanismos de control existentes, teniendo en cuenta que el factor humano constituye un criterio fundamental de seguridad marítima. Con la finalidad de mantener un alto nivel de seguridad, se tomará en especial consideración la seguridad, la vida a bordo del buque, las condiciones de trabajo y la formación de la tripulación.
Se excluirá del ámbito de aplicación de esta norma a las embarcaciones auxiliares, los barcos de vela y los buques que transporten a personal especializado que no se dedique a las actividades mercantiles propias de la embarcación. Además, se incluirá una regulación transitoria para los buques de aluminio, teniendo en cuenta sus características especiales.