El dispositivo medioambiental que impide entrar en Madrid Central, en cuestión

Automovilistas Europeos Asociados defiende en los Tribunales que solo una norma legal puede obligar a los ciudadanos a cumplir una obligación y limitar el acceso a una zona de libre tránsito con unas pegatinas de validez cuestionable.

09/03/2019 a las 21:35 h
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La organización Automovilistas Europeos Asociados ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la puesta en marcha del Madrid Central así como la legalidad del distintivo y la clasificación medioambientalefectuada por la Dirección General de Tráfico.

A juicio de la institución, solo una norma de rango legal puede obligar a los ciudadanos a cumplir una obligación, como es la de llevar la pegatina de la DGT para poder acceder al área de acceso restringido y, abunda, "mucho menos restringir su derecho a la libre circulación, sin que previamente exista una norma con rango de ley que lo ampare”.

En su pleito, AEA también cuestiona tanto la legalidad del distintivo ambiental como la clasificación medioambiental hecha por la DGT para otorgar una letra a los vehículos, cuestionada también por múltiples expertos, ya que ni la DGT tiene competencias para ello, ni la ley ha determinado quién debe expedir el distintivo, ni su formato, ni las prescripciones técnicas, ni tan siquiera el coste de expedición y quién debe asumirlo”.

Por otra parte, la asociación automovilística estima que el cobro por la adquisición de la pegatina puede considerarse una "exacción ilegal, al no haberse regulado por ley el cobro de una tasa o un precio público por la prestación de un servicio de solicitud o recepción obligatoria como es el distintivo medioambiental".

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