El último Consejo de Transporte de la Unión Europea celebrado esta semana en Bruselas ha cerrado sus posiciones comunessobre la reforma de las Directivas sobre el permiso de conducción y sobre el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.
Por un lado, los cambios en la normativa europea sobre el carnet de conducir pretende mejorar la seguridad vialy facilitar la libre circulación de los ciudadanos dentro de la Unión.
En términos generales, los ministros europeos han optado por respetar las líneas generales de propuesta de la Comisión, aunque con ciertos cambios, y dar luz verde para iniciar la negociación con el Parlamento Europeo, que también está analizando los cambios.
Concretamente, destacan cuatro modificaciones importantes como son el mantenimiento voluntario del período reducido de validez para los permisos de conducción de las personas de edad avanzada, una descripción más clara del control de la aptitud física y mental para conducir previo a la expedición o renovación de un permiso de conducción, en función de los diferentes sistemas desarrollados por los Estados miembros, la adaptación de los elementos técnicos para los permisos de conducción móviles a la revisión del Reglamento eIDAS sobre la identidad digital y la mejora del vínculo entre la adopción de los actos de ejecución y la obligación de aplicación de los Estados miembros.
De igual modo, los ministros de Transporte de la Unión también pretenden que se recojan orientaciones más detalladas sobre la evaluación por parte de la Comisión del marco de seguridad vial de los terceros países, el perfeccionamiento de los requisitos del acompañante en el sistema de conducción acompañada, que solo será obligatorio para los permisos de conducción de la categoría B, la reformulación de las condiciones del período de prueba teniendo en cuenta las competencias de los Estados miembros y las prácticas establecidas, así como la posibilidad de que, en determinadas condiciones, los ciudadanos realicen la prueba teórica en el Estado miembro de nacionalidad cuando este sea diferente del Estado miembro de residencia, pero sin que esta opción sea posible para la prueba práctica.
Normativa para multas en toda la Unión
Por otro lado, en lo que respecta a la Directiva sobre el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, la posición común del Consejo ha mantenido las líneas generales de la propuesta de la Comisión, aunque con varios cambios en la propuesta, destinados principalmente a aclarar el ámbito de aplicación y las definiciones del acto jurídico
En este sentido, se introduce de concepto de persona afectada y se aclaran las funciones y responsabilidades de los puntos de contacto nacionales y las autoridades competentes y se añaden más infracciones a la propuesta de la Comisión, como los casos de inobservancia de las restricciones de acceso de los vehículos o de las normas en un paso a nivel ferroviario, así como el delito de fuga.
Así mismo, también se aclaran en mayor medida los diferentes procedimientos de acceso a los datos de matriculación de vehículos y las diferentes opciones de que disponen las autoridades competentes para solicitar asistencia mutua, con vistas a asegurarse de que se identifique a la persona afectada, de que la notificación de infracción de tráfico llegue al lugar correcto y de que se mejore la ejecución de las multas de tráfico y se establezcan todas las salvaguardias necesarias para proteger los derechos fundamentales de los conductores o de cualquier otra persona afectada.