La sostenibilidad se impone en los envases alimentarios

Nuevas medidas en la UE para conseguir envases más sostenibles y reducir sus residuos mediante la reutilización, el reciclaje y la valorización energética.

08/11/2024 a las 3:06 h
Tosca envases plegables para el sector hortofruticola 4

En los últimos diez años, los residuos de los envases han aumentado en casi un 25% y, si no se toman medidas, se prevé que aumenten un 19% hasta 2030. En cuanto a los residuos de los envases de plástico, el aumento previsto es del 46% de aquí a 2030. 

En este contexto, el Parlamento Europeo ha aprobado en abril de 2024 nuevas medidas para hacer los envases más sostenibles y reducir los residuos de envases en la UE. El principal objetivo es evitar el uso de envases, pero si esto no es posible, los envases se deben reutilizar, reciclar o valorizar energéticamente.

Las normas incluyen unos objetivos de reducción de envases del 5% para 2030, del 10% de aquí a 2035 y del 15% para 2040, y también exigen a los países de la UE que reduzcan la cantidad de residuos de envases de plástico

En este contexto, se establece una ratio máxima de espacio vacío del 50% para los envases colectivos, de transporte y de comercio electrónico. Los fabricantes e importadores también tendrán que velar por reducir al mínimo el peso y el volumen de los envases.

Además, algunos tipos de envases de plástico de un solo uso, como los envases de frutas y verduras frescas sin procesar, estarán prohibidos a partir del 1 de enero de 2030. Igualmente, el texto incluye la prohibición del uso de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas por encima de ciertos umbrales en los envases en contacto con alimentos.

Reutilización y reciclado

En cuanto a la reutilización, a partir del 1 de enero de 2030, los operadores económicos que utilicen envases de transporte o envases para la venta dentro del territorio de la UE, incluso a través del comercio electrónico, garantizarán que al menos el 40% sean envases reutilizables. A partir del 1 de enero de 2040, el objetivo se eleva al 70% de dichos envases.

 La ley fija objetivos específicos para los envases de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, con algunas excepciones, así como para envases de transporte y venta, y para los colectivos, si bien los Estados miembros podrán conceder una excepción de cinco años a estos requisitos. 

Hay una amplia gama de alternativas reutilizables que funcionan, por lo que según la norma es exigible que en el transporte de productos entre distintos centros del mismo operador económico o entre el operador y las empresas vinculadas o asociadas, se utilicen únicamente envases de transporte reutilizables, en cualquiera de sus formatos. 

La misma obligación debe aplicarse a los operadores económicos que transporten productos dentro de un Estado miembro. 

Sin embargo, para algunos embalajes de transporte específicos, como las cajas de cartón, las alternativas reutilizables no pueden ser una opción y deben quedar exentas de la obligación de cumplir los objetivos de reutilización.

Al menos el 40% de los envases de transporte o envases para la venta en la UE, deberán ser reutilizables en 2023”. 

Los distribuidores finales de bebidas y comida para llevar deberán ofrecer el 10% en un formato de envase reutilizable de aquí a 2030. 

Respecto al reciclaje, todos los envases, excepto los de madera ligera, corcho, textil, caucho, cerámica, porcelana y cera, tendrán que ser reciclables. Las medidas también incluyen objetivos mínimos de contenido reciclado para los envases de plástico y objetivos mínimos de reciclado por peso de los residuos de envases.

Desde el Parlamento Europeo, se indica que hasta 2029 el 90% de los envases de bebidas de hasta tres litros en plástico y metal de un solo uso , se recogerán por separado, mediante sistemas de depósito y devolución u otras soluciones que garanticen el objetivo de recogida.

Reacciones

En España, las principales organizaciones de la cadena de valor del gran consumo han reclamado al Gobierno una mayor armonización de la regulación medioambiental con la UE, pues las discrepancias entre la normativa nacional y europea de envases y sus residuos generan unos elevados costes y problemas de unidad de mercado que pueden reducir su competitividad.

Según José Mª Bonmatí, director general de Aecoc, el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases no ha tenido en cuenta el calendario ni algunas consideraciones del Reglamento Europeo, con discrepancias en la reutilización de envases y el marcado y etiquetado.

La situación en España es especialmente compleja, indican desde la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados, Asdeas, que recuerda el esfuerzo que demanda la norma, siendo especialmente complejo el capítulo de la recogida, la reutilización y el reciclado por sus implicaciones para el actual modelo de distribución.

Por ello, se impone la necesidad de acompasar el Real Decreto español al Reglamento europeo desde un enfoque coherente y bajo el prisma de la competitividad.

Ecodiseño y ‘greenwashing’

Por otro lado, en julio ha entrado en vigor el nuevo reglamento de ecodiseño que introducirá requisitos adicionales y normas mínimas de durabilidad, reparabilidad, eficiencia energética y reciclaje, abordando las prácticas de obsolescencia prematura para evitar que los productos pierdan su funcionalidad por las características de su diseño, la falta de piezas de repuesto o la falta de actualizaciones de software. 

Los productos, por cierto, irán acompañados de un Pasaporte Digital de Producto, que proporcionará a los consumidores toda la información pertinente necesaria para ayudarles a tomar decisiones con conocimiento de causa. 

Los consumidores tendrán la posibilidad de comparar la información de los pasaportes de productos en una web gestionada por la Comisión, lo que también facilitará los controles a las autoridades públicas. 

Además, las nuevas normas pretenden frenar la destrucción de productos no vendidos, que se está convirtiendo en un problema medioambiental. 

A todo este entramado, se suma la Directiva contra el Greenwashing, pues los Estados miembros deberán adoptar y publicar las disposiciones necesarias para su cumplimiento el 27 de marzo de 2026, como muy tarde. 

También desde octubre de 2023, el Reglamento (UE) 2023/2055 restringe las micropartículas de polímeros sintéticos por sí solas o añadidas intencionadamente a las mezclas con el fin de reducir las emisiones de microplásticos en los productos cotidianos.