La consideración de operador postal tiene implicaciones decisivas a la hora de desarrollar la actividad, ya que obliga de manera imperativa a cumplir la normativa de este segmento, claramente diferenciada de otros servicios logísticos.
Por eso no es de extrañar que determinar si algunos operadores del comercio electrónico de gran tamaño, como Amazon, sea objeto de fuerte controversia desde hace años.
En este sentido, como informa Expansión, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de la Abogacía del Estado para analizar su Amazon debe tener la consideración de operador postal, a ojos de la legislación española.
En septiembre de 2020, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ya concluyó que Amazon realiza labores de operador postal y que, por lo tanto, debe cumplir con la normativa de este sector, aunque la compañía recurrió y la decisión está pendiente de resolución judicial.
Para ello, el organismo regulador analizaó el modelo de negocio y las actividades realizadas por dos sociedades del grupo Amazon, como son Amazon Spain Fulfillment y Amazon Road Transport Spain, en la medida en que realizan labores de mensajería y paquetería para dar un servicio integral a sus clientes.
En concreto, la CNMC estimó que las labores que realiza la filial norteamericana en España "tienen perfecto encaje en la normativa postal frente a otras opciones consideradas como las del sector transporte o logístico".
En su momento, Competencia consideró también que "la singularidad de que Amazon -previo pago- ponga a disposición de terceros comerciantes minoristas sus servicios de mensajería y paquetería, y no los utilice en exclusiva para la entrega y distribución de los productos de su inventario, excluye que puedan quedar exentos de la normativa postal por la vía de la autoprestación".
En este mismo sentido, el organismo argumentaba "que Amazon recurra a distintos operadores del sector postal para complementar sus servicios de mensajería y paquetería ejerciendo una influencia y control intenso sobre estos colaboradores les distingue de otros comerciantes o distribuidores minoristas (que operan on- y off-line) que se limitan a subcontratar un servicio de paquetería".
Además, la CNMC ratifica que "contar con la autorización de transportista no excluye del cumplimiento de la normativa postal si además del transporte se realizan otros cometidos que tienen el carácter de postal tal y como reconoce la Ley del Sector Postal al establecer la necesaria coordinación entre el Registro de Transportes y el de Empresas Prestadoras de Servicios Postales".
Ahora, el Supremo deberá decidir finalmente si valida el criterio de Competencia o no.